Información de Expediente

2019 - E - 1045
Fecha de Entrada: 14/01/2019
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/06/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe sobre varios items relacionados con el calendario de cobros de la TSU (Tasa por Servicios Urbanos).

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 15/01/2019 13/06/2019 Art. 52 del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 11 de enero de 2019

Al Sr. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante


S                      /                      D


VISTO


Los reclamos que han llegado por parte de vecinos en relación a los montos de las boletas correspondientes al primer vencimiento del 2019 de la TSU, y


CONSIDERANDO


Que la Tasa por Servicios Urbanos (ex ABL) es una de las formas a través de las cuales los vecinos de Mar del Plata y Batan retribuyen los servicios que les brinda el municipio,


Que existe una fórmula que determina el valor de la TSU que tributa cada inmueble, y que dentro de esta se cobran servicios como Alumbrado Público, Higiene Urbana/ barrido/ recolección, conservación de la vía pública y otros servicios,


Que el año 2019 arranco para los contribuyentes del municipio con la sorpresa de un aumento de valores que en principio no se sabía a que obedecía,


Que muchos vecinos se acercaron a la Agencia de Recaudación ante el aumento mencionado, para averiguar cual era el motivo, y la respuesta fue que la TSU este año se va a cobrar en 8 cuotas y no en 12 como el ejercicio anterior,


Que esta decisión quedo plasmada por medio de un decreto firmado por el intendente el día 17 de diciembre de 2018 a instancias de la paralización del municipio por la retención de tarea de los empleados municipales por no poder lograr un acuerdo paritario,


Que el decreto hace referencia al Artículo 30 del ordenamiento fiscal vigente, en el que se atribuye al Departamento Ejecutivo la posibilidad de determinar las fechas en las que los contribuyentes y demás responsables deben efectuar los pagos,


Que nos llama poderosamente la atención este nuevo cambio, ya que fue el éste mismo gobierno quien a principios de 2018 cambio de cuotas bimestrales a cuotas mensuales, con lo cual de 6 pasamos a 12 cuotas anuales,


Que consideramos que el gobierno municipal está adelantando el cobro en 8 cuotas previendo que pueda suceder lo mismo que en 2018 y el debate de las ordenanzas fiscal e impositiva dure varios meses, dejando lugar a la posibilidad de agregar cuotas a fin de año,


Que a instancias de la situación económica que afecta al país, el gobierno local no puede aplicar la política de “no oigo, no hablo, no veo” y determinar que los vecinos tengan que realizar pagos por montos que no fueron anunciados con anticipación,


Que el gobierno municipal una vez más no comunica las modificaciones realizadas generando un impacto grande en los contribuyentes (la boleta únicamente aclara que el valor se basa en lo aprobado por la ordenanza fiscal e impositiva del 2018 y la valuación fiscal de 2016),


Que con esta decisión lo único que nos queda claro es que el vecino tendrá que desembolsar de su bolsillo durante 8 meses consecutivos el dinero para el pagadero de estas cuotas que una vez aprobada la ordenanza presentada para el 2019 quedaran desactualizadas y los contribuyentes nuevamente tendrán que actualizar los pagos ya exigidos por el ejecutivo local,


Que es necesario que el ejecutivo aclare mediante el área que corresponde la decisión tomada para que los vecinos comprendan a que se refiere el monto que le llega en las boletas de la TSU,


Por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante sanciona el siguiente



COMUNICACION



Articulo 1.- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon se dirige al Ejecutivo Municipal para que informe:

Si es cierto que el calendario de cobro de la TSU se comprimió de 12 a 8 cuotas mensuales.

A qué obedece esta decisión de pasar de 12 a 8 cuotas mensuales, y cuales son las razones técnicas si es que las hay.

Bajo que instrumento público se ha llevado adelante esta modificación.

Fecha en la que se llevó adelante dicha modificación.

En caso de que haya un aumento de tasas posterior en el año, saber si se piensa colocar cuotas adicionales.

Si se tuvo en cuenta que al acortar el calendario de cobro se aumenta el valor de la cuota impactando directamente en el vecino.



Artículo 2.-  Comuníquese, etc.




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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo





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