Mar del Plata, 16 de agosto de 2018
Al Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Sr. Sáenz Saralegui, Guillermo
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VISTO:
La necesidad de dotar de mayor y mejor respuesta sociales a trabajadores informales y a sus núcleos familiares en el Predio de Disposición de residuos del Partido de General Pueyrredón a partir de fondos afectados creados por la Ordenanza 22395 y sus modificatorias y ;
CONSIDERANDO:
Que los fondos destinados al sostenimiento de las ayudas sociales para estos vecinos, creado por la ordenanza 22395 y sus modificatorias surgen de la captación de la contribución del GIRSU en un monto correspondiente al 7 % (siete) de lo recaudado en ese rubro entre otros.
Que desde la modificación del artículo 4 º de la mencionada Ordenanza ese fondo debe ser afectado íntegramente al presupuesto de la Secretaria de Desarrollo Social y que conforma y coordinara la Mesa Social del Reciclado a efectos de llegar a dar respuesta, más de acciones y programas, que desde allí se planifiquen.
Por todo lo expuesto, el Bloque de la Unión Cívica Radical eleva el siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
Art 1°.- Modificase el Artículo 5 de la ordenanza 22395 el que quedara redactado de la siguiente forma:
Las acciones establecidas en la presente Ordenanza serán financiadas con los siguientes recursos, a efectos exclusivos de la contención social de las familias afectadas por las actividades en el predio de Disposición Final y administrado por la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de General Pueyrredón, a partir de la promulgación de esta ordenanza, provenientes de:
a. El siete (7) por ciento de la Contribución para la Gestión Sustentable del Ambiente Natural y Urbano (Título XVIII de la Ordenanza Fiscal vigente).
b. Por recursos de otras tasas o derechos que se dispongan mediante futuras Ordenanzas.
c. Por donaciones de personas físicas o jurídicas.
d. Por financiamiento de otras jurisdicciones, provinciales, nacionales o internacionales, que dediquen esfuerzos a la mejora en la calidad de vida e inclusión social de la ciudadanía.
Art 2º.- De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo