Información de Expediente

2018 - E - 1674
Fecha de Entrada: 12/06/2018
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 15/11/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe varios ítems en relación a los convenios celebrados con la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad de Estado (CEAMSE).-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
030 MEDIO AMBIENTE 14/06/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/11/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 15/11/2018 15/11/2018 Art. 52° del R.I.
030 MEDIO AMBIENTE 26/11/2018 11/04/2019 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/04/2019 11/04/2019 Art. 52° del R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 11/04/2019 11/04/2019 Art. 52° del R.I.
030 MEDIO AMBIENTE 16/04/2019 02/07/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 02/07/2019 14/11/2019 Art.52 R.I.
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 14/11/2019 14/11/2019 Art.52 R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 11 de junio de 2018


Señor Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

S.                           /                  D.


VISTO


La firma de convenios entre el Municipio de General Pueyrredon y la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad de Estado (CEAMSE),


CONSIDERANDO


Que se han firmado un convenio marco y dos convenios específicos en lo que va del año entre el CEAMSE y el Municipio y que aún no han ingresado en el Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, según lo establece el artículo 41 de la ley Orgánica de las Municipalidades,


Que el convenio marco se firmó en el mes de marzo del presente año, más precisamente el 9 de marzo habiendo transcurrido ya mas de tres meses sin que el convenio se elevara para su convalidación como lo establece la ley, lo cual hace del mismo un convenio sin validez,


Que los convenios específicos se basan  en lo acordado en el Convenio Marco por las partes, con lo cual los mismos tampoco se asientan sobre una base sólida, sino que todo lo acordado en ellos se encuentra a la espera de la convalidación, y si esta no se produjera, los mismos carecen de valor por la condición resolutoria de la mencionada aprobación del Concejo,


Que en el convenio marco se establece que el Municipio le encomienda al CEAMSE efectúe las siguientes tareas:

   a) Elaboración y ejecución de un proyecto ejecutivo para el diseño y construcción de infraestructura para la optimización de la operación de un sitio de disposición final mediante la técnica del relleno sanitario, incluyendo la evaluación de la situación existente en materia de tratamiento y gestión de la disposición final, tanto en el depósito de los residuos, como en el manejo de los líquidos lixiviados y demás efectos de la operación,

   b) Ejecución de las obras de: reformulación de la infraestructura construida; ampliación y optimización de los sitios y procedimientos de manejo de los líquidos lixiviados; ampliación y optimización de la capacidad instalada para la disposición final,


Que el convenio marco también le encarga al CEAMSE la operación de la disposición final de los residuos sólidos urbanos y la construcción de una planta de tratamiento de residuos sólidos de gestión social,


Que también en la cláusula tercera se acuerda que el CEAMSE realizará las tareas con personal propio o de operadores que ellos contraten sin que tengan ninguna relación con el Municipio,


Que no se puede apreciar en los convenios si se ha tenido en cuenta al momento de firmarlos, la existencia de una planta de separación de residuos que hoy se encuentra bajo la operación de la cooperativa CURA, cual es el programa de trabajo que se pensó para ellos y las obras a realizar en el lugar,


Que en el Centro de Disposición final trabajan hoy en día 12 trabajadores municipales, de los cuales nada dice el convenio marco y mucho menos los convenios específicos,


Que estos trabajadores municipales ya han sufrido suficientes maltratos por parte de la administración municipal, como para que nada se diga de ellos, ya que en el mes de diciembre de 2017 fueron todos trasladados fuera del predio por razones de reorganización y luego repuestos en sus lugares a los diez días,


Que en el predio también prestan servicio trabajadores del firma TECSAN SA y subcontratistas de la misma y en ninguno de los convenios se establece cual es el futuro de los trabajadores que han sido representados en cada uno de los convenios a los que se arribaron en el Ministerio de Trabajo semana a semana, con presencia de la UOCRA y del Sindicato de Camioneros,


Que el Municipio de General Pueyrredon tiene abierto un proceso licitatorio para la construcción de los sectores B y C del Modulo 1 del Centro de disposición Final de Residuos destinando 62 millones de pesos, cuya apertura de sobres se realizó el 20 de febrero de este año, resultando tres ofertas para realizar las obras, dos por encima del presupuesto oficial y una por debajo del mismo,


Que ninguno de los convenios deja en claro que va a pasar con esta licitación y tampoco le encomiendan al CEAMSE la realización de las mismas, obras que según el informe de la OPDS y del EMSUR son imprescindibles para la correcta operatoria del relleno sanitario,


Que desde el 20 de febrero han pasado cuatro meses en los cuales se sigue tirando basura en lugares incorrectos, con el consiguiente impacto ambiental en el predio,


Que dentro del conjunto de obras necesarias para el futuro de nuestro centro de disposición final también se encuentra la construcción del modulo 2,


Que la ordenanza 23541 que declaró la emergencia ambiental en el partido de General Pueyrredon por 180 días establece en su artículo 3º que el Departamento Ejecutivo elevará al HCD en un plazo máximo de 60 días hábiles, el Pliego de bases y condiciones para el llamado a licitación para la construcción y operación del módulo 2 y obras anexas y complementarias dentro del Centro de disposición final,


Que el mencionado plazo ya está vencido y el envío del pliego nunca ocurrió,


Que se han firmado dos convenios específicos que ordenan derechos y obligaciones para las partes en una relación que se plantea su duración en tres años prorrogables por tres año mas de manera automática,


Que si el precio establecido por el convenio específico II es de $13.735.061,04 por mes, esto significa que el municipio se está obligando por $164.820.732 por año y el contrato total asciende a la suma de $988.924.392.-




Que más allá de que la ley orgánica de las municipalidades faculta al Intendente en su artículo 156 inc. 2do a suscribir este tipo de vínculo por tratarse de una empresa pública, creemos que el procedimiento debe guardar la mayor formalidad y transparencia,


Que es por ello que es fundamental que se cuente con un detalle pormenorizado del plan de trabajo a seguir en la operación del predio, distinguiendo el precio de cada uno de los servicios encomendados, al igual que establecer a los fines comparativos, cual es la modalidad de tratamiento de los residuos que se utiliza actualmente, y los valores de cada uno de los servicios contratados para comparar lo presupuestado por CEAMSE y lo que realiza hoy la empresa TECSAN SA,


Que si a los casi mil millones de pesos del contrato le sumamos las obras acordadas en el convenio específico I, se llega a la suma de $ 1.129.896.600.- (mil ciento veintinueve millones de pesos) sin licitación pública, sin comparación de precios entre otros prestadores o empresas del rubro,


Que no se han incorporado en el presupuesto 2018 partidas presupuestarias suficientes para hacer frente a los convenios mencionados, ya que los montos que hoy se invierten en la disposición final de nuestros residuos es menos de la mitad de la inversión propuesta,


Que el Departamento Ejecutivo tiene que acompañar los convenios con la evaluación de los aspectos económicos de la iniciativa al igual que la fuente de financiamiento, la factibilidad de la inversión, para no comprometer al Municipio por los próximos seis años sin tener los fondos necesarios,


Que no se menciona en los convenios ningún aporte por parte del Estado Nacional o Provincial, con lo cual se deduce que todo el financiamiento provendrá de fuentes municipales,


Que no ha tenido intervención la contaduría del EMSUR, siendo el Ente que deberá llevar adelante el control de la ejecución del convenio al igual que el pago de las mensualidades acordadas,


Que en el Convenio específico II le municipio le encarga al CEAMSE una evaluación de la situación existente en materia de tratamiento y gestión de la disposición final, tanto en el depósito de los residuos, como en el manejo de los líquidos lixiviados y demás efectos de la operación,


Que creemos necesario la realización de una auditoría externa antes de que el CEAMSE asuma sus responsabilidades, ya que se desconoce cual es el estado actual de la operatoria del predio, se requiere además establece las responsabilidades sobre la situación actual y por último, el CEAMSE tiene contrato con TECSAN SA en otros lugares de la provincia, y de seguir en la operatoria del predio, no puede ser el CEAMSE el que elabore la evaluación de la situación y la auditoría,


Que en el partido de General Pueyrredon contamos con diferentes instituciones públicas que están en condiciones de llevar adelante la auditoría mencionada como son la Universidad Nacional de Mar del Plata o la Universidad Tecnológica Nacional que posee el posgrado en Ingeniería Ambiental,




Por todo lo expuesto con anterioridad, el Honorable Concejo Deliberante sanciona el siguiente


COMUNICACIÓN


Artículo 1.-: El Departamento Ejecutivo informará respecto de los convenios celebrados con  la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad de Estado (CEAMSE), lo siguiente:

   a) Cual es la evaluación realizada por el mencionado organismo que se le encarga en el convenio marco, a que conclusiones se llegó, estado actual del relleno sanitario de General Pueyrredon, responsabilidades de quienes lo operan.

   b) Si se ha tenido en cuenta al momento de firmar los convenios con el CEAMSE la existencia de una planta de separación de residuos que hoy se encuentra bajo la operación de la cooperativa CURA, cual es el programa de trabajo que se pensó para ellos y las obras a realizar en el lugar,

   c) Cual es la situación actual del personal municipal que se encuentra prestando servicios en el predio de disposición final de residuos, si se los piensa trasladar y adonde,

   d) Cual es la situación de los trabajadores de la empresa TECSAN SA y sus subcontratistas, si se ha acordado su continuidad y bajo que condiciones,

   e) En que estado se encuentra la licitación para realizar las obras correspondientes a los sectores B y C del modulo 1, abierta en febrero de este año,

   f) Donde se está depositando basura dentro del predio en la actualidad, si se realiza en el lugar adecuado o se está arrojando en un sitio alterativo que no está preparado para ello,

   g) Cuando procederá a dar cumplimiento al artículo 3º de la ordenanza 23541 que declaró la emergencia ambiental por 180 días que establecía que el Departamento Ejecutivo elevará al HCD en un plazo máximo de 60 días hábiles, el Pliego de bases y condiciones para el llamado a licitación para la construcción y operación del módulo 2 y obras anexas y complementarias dentro del Centro de disposición final,

   h) Informe monto total del contrato firmado con el CEAMSE incluyendo los dos convenios específicos por la totalidad de los años del mismo,

   i) Detalle pormenorizado del plan de trabajo a seguir en la operación del predio, distinguiendo el precio de cada uno de los servicios encomendados, al igual que establecer a los fines comparativos, cual es la modalidad de tratamiento de los residuos que se utiliza actualmente, y los valores de cada uno de los servicios contratados para comparar lo presupuestado por CEAMSE y lo que realiza hoy la empresa TECSAN SA,

   j) Si se han incorporado en el presupuesto 2018 partidas presupuestarias suficientes para hacer frente a los convenios mencionados, ya que los montos que hoy se invierten en la disposición final de nuestros residuos es menos de la mitad de la inversión propuesta,

   k) Acompañar los convenios con la evaluación de los aspectos económicos de la iniciativa al igual que la fuente de financiamiento, la factibilidad de la inversión, para no comprometer al Municipio por los próximos seis años sin tener los fondos necesarios,

   l) Si se recibirán para poder hacer frente a las obligaciones económicas acordadas con el CEAMSE partidas de origen provincial o nacional o solo se cumplirá con fondos de origen municipal,

   m) Informe de la presidencia del EMSUR y de la Contaduría del mismo sobre los convenios firmados, ya que será este organismo el encargado de fiscalizar el cumplimiento del contrato y de hacer frente a los pagos,

   n) Si además de la evaluación que realizó el CEAMSE se ha encargado una Auditoría externa para poder establecer el verdadero estado de situación del Centro de Disposición Final de Residuos de General Pueyrredon, teniendo en cuenta que es posible que la empresa que lo dejó en este estado sea nuevamente contratada por el CEAMSE,


Artículo 2.-: De forma.

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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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